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ESTRUCTURA DE LA PRUEBA

1. La prueba de acceso a las enseñanzas universitarias de Grado se estructura en dos partes denominadas respectivamente fase general y fase específica, y versará sobre materias de segundo curso de bachillerato.

2. La fase general de la prueba tiene por objeto valorar la madurez y destrezas básicas que debe alcanzar el estudiante al finalizar el bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias de Grado, especialmente en lo que se refiere a la comprensión crítica de mensajes, el uso del lenguaje para analizar, relacionar, sintetizar y expresar ideas, la comprensión básica de una lengua extranjera y los conocimientos o técnicas fundamentales de una materia de modalidad

3. La fase específica de la prueba tiene por objeto la evaluación de los conocimientos y la capacidad de razonamiento en unos ámbitos disciplinares concretos y que permita mejorar la calificación obtenida en la fase general.

DESCRIPCIÓN DE LA FASE GENERAL


La fase general constará de los ejercicios siguientes:

1. El primer ejercicio consistirá en el comentario de un texto no especializado y de carácter informativo o divulgativo por escrito, relacionado con las capacidades y contenidos de la materia de Lengua castellana y literatura. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elejir una.

2. El segundo ejercicio versará sobre las capacidades y contenidos de una de las materias comunes de segundo de bachillerato siguientes: Historia de la Filosofía o Historia de España.

Consistirá en la respuesta por escrito a un cuestionario. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elejir una.
A efectos de organización de la prueba, el estudiante indicará en la solicitud de inscripción la materia común de la que se examinará.

3. El tercer ejercicio será de lengua extranjera y tendrá como objetivo valorar la comprensión oral y lectora y la expresión oral y escrita.
A efectos de organización de la prueba, el estudiante indicará en la solicitud de inscripción la lengua extranjera de la que se examinará.

4. El cuarto ejercicio versará sobre los contenidos de una materia de modalidad de segundo de bachillerato. Consistirá en la respuesta por escrito a un cuestionario que podrá incluir preguntas de respuesta múltiple. El ejercicio presentará, en el caso de no ser un cuestionario de respuesta múltiple, dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elejir una.
A efectos de organización de la prueba, el estudiante indicará en la solicitud de inscripción la materia de la que se examinará.

En las Comunidades Autónomas con otra lengua cooficial, la administración educativa podrá establecer la obligatoriedad de un quinto ejercicio referido a la lengua cooficial.

Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración máxima de hora y media.

CALIFICACIÓN DE LA FASE GENERAL


Cada uno de los ejercicios mencionados se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales.

La calificación de la fase general, será la media aritmética de todos los ejercicios realizados expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales.

DESCRIPCIÓN DE LA FASE ESPECÍFICA


1. Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de bachillerato, excepto de la materia elegida para realizar el ejercicio al que se refiere el punto 4 de la fase general.

Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante, consistirán en la respuesta por escrito a un cuestionario con un formato de respuesta múltiple de carácter objetivo y con una única respuesta válida.

La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media.

A efectos de organización de la prueba, el estudiante indicará en la solicitud de inscripción las materias de las que desea examinarse.

CALIFICACIÓN DE LAS MATERIAS DE LA FASE ESPECÍFICA
Cada una de las materias de las que se examine el estudiante en esta fase se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales, siendo el mínimo aprobatorio de 5 puntos para considerar superada la materia.
SUPERACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD

El acceso a la universidad española, tanto pública como privada, para cursar las enseñanzas conducentes a la obtención de los distintos títulos de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado con validez en todo el territorio nacional, requerirá, con carácter general, la superación de la prueba.

Se considera superada la prueba, cuando el estudiante haya obtenido un mínimo de 5 puntos en la calificación de la fase general.

Asimismo, se considera superada la prueba, cuando el estudiante haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase general, y un mínimo de 6 puntos en la nota media de bachillerato.

NOTA DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO


Para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, en el que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, se utilizará para la adjudicación de las plazas la nota de admisión, que se calculará de la siguiente forma y se expresará con dos cifras decimales:

Nota de admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2

NMB = Nota media del bachillerato, expresada con dos decimales.

CFG = Calificación de la fase general

M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de las materias superadas de la fase específica.

a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica.


La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén vinculadas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido. A tal efecto, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Ministerio de Ciencia e Innovación, publicarán la relación de dichas materias y su vinculación a las ramas del conocimiento de los títulos de enseñanzas universitarias de Grado.

El parámetro de ponderación (a ó b) de las materias de la fase específica será igual a 0,1. Las universidades podrán elevar dicho parámetro hasta 0,2 en aquellas materias que consideren más idóneas para seguir con éxito dichas enseñanzas universitarias de Grado.

Las universidades, en el proceso de hacer pública la oferta de plazas, deberá hacer públicos también los valores de dichos parámetros para las materias seleccionadas.

CONVOCATORIAS

Anualmente se celebrarán dos convocatorias de la prueba de acceso a la universidad.

Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación de la fase general o de cualquiera de las materias de la fase específica. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior.

La superación de la fase general tendrá validez indefinida.

La calificación de las materias de la fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas.

PROCESO DE RECLAMACIÓN

1. Los alumnos podrán solicitar tras su calificación en la prueba:

a) Una Reclamación sobre la calificación obtenida ante la Comisión Organizadora de las pruebas. Se entenderá por Reclamación la solicitud de comprobación de posibles errores en la Calificación, por tanto, no implicará la disminución de la nota.

b) La revisión de su ejercicio por un nuevo corrector ante el Presidente del Tribunal. Se entenderá por Revisión la solicitud de una 2ª corrección, por otro corrector, por discrepancias en la aplicación de los Criterios de Corrección. La calificación resultará de la media aritmética entre ambas correciones.

Los exámenes que en la 2ª Corrección presenten una diferencia de tres o más puntos respecto de la 1ª calificación pasarán a un Tribunal que efectuará una 3ª Corrección del ejercicio. En este caso la nota definitiva será la otorgada por este último tribunal.

2. En caso de que un alumno presente a la vez una Reclamación y solicite una Revisión, sólo se admitirá a trámite la reclamación ante la Comisión Organizadora.

3. La presentación de solicitudes de reclamación o revisión se efectuará en la Universidad respectiva, siendo el plazo de presentación de solicitudes de tres días hábiles, a partir de la fecha de publicación de las calificaciones. Este plazo es improrrogable de manera que las reclamaciones presentadas fuera de plazo serán desestimadas.

4. Los estudiantes podrán presentar una Reclamación ante la Comisión Organizadora respecto de su 2ª o 3ª corrección (si la hubiere)

5. La Comisión Organizadora hará públicas las resoluciones. Esta resolución de la Comisión, agota la vía administrativa.